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Tránsito

Impugnación de papeletas de tránsito en Lima y Callao

Si te pusieron una papeleta y crees que no corresponde, revísala antes de pagar. Nos envías una foto, te decimos si hay base para reclamar y presentamos el descargo dentro del plazo.

Cuándo conviene impugnar

Motivos para impugnar una papeleta

01

La papeleta tiene campos mal llenados

Campos obligatorios en blanco, borrones, enmendaduras o datos que no se leen, como el código de la infracción, el lugar, la hora o la identificación del efectivo que la impuso.

02

La notificación fue defectuosa

La notificación tiene reglas: a quién se entrega, dónde y cómo se deja constancia. Si no se cumplieron, hay un vicio que se puede alegar.

03

Los datos están errados

Placa, nombre, licencia, fecha o código de infracción que no corresponden a tu vehículo o a tu situación.

04

No eras tú quien conducía

El vehículo estaba vendido, prestado o en el taller. La sanción sigue a quien conducía, y eso se puede acreditar.

05

La conducta no es la que describe la papeleta

Lo que ocurrió no encaja en el código de infracción que te imputaron, o la señalización del lugar no era visible.

06

La fotopapeleta no acredita la infracción

La imagen no permite leer la placa, no muestra la conducta o no cumple los requisitos para servir de prueba.

Paso a paso

Plazos del descargo y la apelación

01

Descargo: 5 días hábiles

Se cuentan desde el día siguiente de que te impusieron o te notificaron la papeleta. Es la oportunidad de explicar y probar por qué no corresponde. Este es el plazo que más se pierde.

02

Resolución de sanción: hasta 30 días hábiles

La autoridad tiene ese plazo, contado desde que vence el del descargo, para resolver y cerrar el procedimiento.

03

Apelación: 15 días hábiles

Desde que te notifican la resolución de sanción. La autoridad tiene luego 30 días hábiles para resolverla, y si la rechaza se agota la vía administrativa.

04

Después, la vía judicial: 3 meses

Agotada la vía administrativa, hay tres meses para demandar en un proceso contencioso administrativo, contados desde que te notifican lo que resolvió la apelación. Si llegamos ahí, te decimos antes si vale la pena.

Qué necesitamos de ti

Qué documentos llevar

01

Tu DNI

Lo pedimos siempre, para verificar a nombre de quién está todo.

02

Una copia de la papeleta

O una foto por ambos lados donde se lea el número, el código de infracción y la fecha.

03

Los documentos de esa infracción

Dependen de la papeleta: el brevete, la tarjeta de propiedad, el documento de la venta si el vehículo ya no es tuyo o el resultado del dosaje en una papeleta por alcohol. Al ver la papeleta te decimos cuáles.

04

La carta de notificación, si te llegó

Guárdala con el sobre. De ahí sale el cómputo del plazo.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Puedo impugnar una papeleta si ya la pagué?
Conviene revisarla antes de pagar. Pagar suele entenderse como aceptar la infracción, y eso cierra el reclamo en la vía administrativa. Si ya pagaste y crees que hubo un error, escríbenos igual: revisamos si queda alguna vía abierta según el caso.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar el descargo?
Cinco días hábiles desde el día siguiente de que te impusieron o te notificaron la papeleta. Es corto y no se puede ampliar, así que lo primero que hacemos al recibir tu foto es mirar la fecha.
¿Qué pasa con mi brevete mientras dura el reclamo?
Depende de la infracción. Las leves y graves no suspenden la licencia por sí solas; las muy graves sí pueden acarrear suspensión, y hay infracciones que suman puntos al récord. Al revisar tu papeleta te decimos en cuál de esos casos estás.
¿Cómo sé si mi papeleta ya prescribió?
No se puede saber solo por la fecha: hay actos de la autoridad que interrumpen el cómputo. Lo revisamos con tu número de papeleta y con lo que figure en el registro de la entidad.
¿Ven papeletas por alcohol, como la M01 y la M02?
Sí. La M02 es por conducir con más alcohol del que permite el Código Penal o bajo efectos de drogas, o por negarse al examen; la M01 es lo mismo cuando además hubo un accidente. Son infracciones muy graves que afectan el brevete, y por el mismo hecho puede abrirse una investigación penal. En el estudio vemos las dos cosas.
Me pusieron un acta de la ATU o de la SUTRAN, ¿también la ven?
Sí. La ATU y la SUTRAN no ponen papeletas sino actas de fiscalización. La ATU, cuando la infracción es del servicio de transporte de personas en Lima y Callao: taxi, transporte público, escolar o de personal. La SUTRAN, en el transporte interprovincial de personas y de carga y en la red vial nacional. Cada una tiene su procedimiento y sus plazos, así que al ver el acta te decimos cuánto tiempo te queda.
¿Se puede anular una fotopapeleta?
Sí, se discute igual que cualquier otra. Lo habitual es revisar si la imagen permite identificar el vehículo y la conducta, si el equipo estaba autorizado y si la notificación se hizo bien.
¿Cuánto cobra un abogado por impugnar una papeleta?
En el estudio la evaluación de la papeleta empieza en S/ 40. Con eso te decimos si hay base para reclamar y qué camino conviene. De ahí en adelante los honorarios dependen de la estrategia y de hasta dónde haya que llegar, y se acuerdan contigo antes de empezar.

La mayoría de papeletas que llegan al estudio se pueden discutir por algo: un campo mal llenado, un dato errado o una notificación defectuosa. El problema casi siempre es el plazo, no el argumento.

Felipe Murga · Responsable del área de tránsito · Revisado el 14 de octubre de 2026

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